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Espacios protegidos

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  • Espacios Naturales Protegidos

    De acuerdo con la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, tienen la consideración de Espacios Naturales Protegidos aquellos «espacios del territorio nacional, incluidas las aguas continentales y las aguas marítimas bajo soberanía o jurisdicción nacional, incluidas la zona económica exclusiva y la plataforma continental, que cumplan al menos uno de los requisitos siguientes y sean declarados como tales:

    • Contener sistemas o elementos naturales representativos, singulares, frágiles, amenazados o de especial interés ecológico, científico, paisajístico, geológico o educativo.
    • Estar dedicados especialmente a la protección y el mantenimiento de la diversidad biológica, de la geodiversidad y de los recursos naturales y culturales asociados.

    La Legislación estatal prevé cinco figuras de protección (Parques, Reservas Naturales, Áreas Marinas Protegidas, Monumentos Naturales, Paisajes Protegidos); la legislación autonómica relativa a la conservación de la naturaleza incrementa las denominaciones elevando la tipología de espacios naturales a más de 40.

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  • Red natura 2000

    La Directiva de Hábitat 92/43/CEE obliga a todos los Estados Miembros de la Unión Europea a entregar una lista nacional de lugares de importancia comunitaria según sus Anexos, la cual, en sucesivas fases, se transformará a Lista de Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) y después en Zonas de Especial Conservación (ZEC). Tales ZEC, junto con las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA), conforman la futura Red Natura 2000.

    Su finalidad es asegurar la supervivencia a largo plazo de las especies y los tipos de hábitat en Europa, contribuyendo a detener la pérdida de biodiversidad. Es el principal instrumento para la conservación de la naturaleza en la Unión Europea.

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  • Áreas protegidas por instrumentos internacionales

    De acuerdo con la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, tienen la consideración de áreas protegidas por instrumentos internacionales todos aquellos espacios naturales que sean formalmente designados de conformidad con lo dispuesto en los Convenios y Acuerdos internacionales de los que sea parte España y, en particular, los siguientes:

    • Los Humedales de Importancia Internacional, del Convenio de Ramsar.
    • Los sitios naturales de la Lista del Patrimonio Mundial, de la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural.
    • Las áreas protegidas del Convenio para la protección del medio ambiente marino del Atlántico del nordeste (OSPAR)
    • Las Zonas Especialmente Protegidas de Importancia para el Mediterráneo (ZEPIM), del Convenio para la protección del medio marino y de la región costera del Mediterráneo.
    • Los Geoparques, declarados por la UNESCO.
    • Las Reservas de la Biosfera, declaradas por la UNESCO.
    • Las Reservas biogenéticas del Consejo de Europa

    El régimen genérico de protección de estas áreas será el establecido en los correspondientes Convenios y Acuerdos internacionales.
    La información oficial de cada una de las áreas protegidas por instrumentos internacionales existentes en España constará en el Inventario Español de Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas protegidas por instrumentos internacionales, pendiente de instrumentación reglamentaria.
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Nombre Figura de protección Descripción
Mola de Son Pacs Zonas de Especial Proteccion para las Aves (Directiva Aves)
(Categoría UICN: No aplica)
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Puig des Boixos Zonas de Especial Proteccion para las Aves (Directiva Aves)
(Categoría UICN: No aplica)
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Puig de Ses Fites Zonas de Especial Proteccion para las Aves (Directiva Aves)
(Categoría UICN: No aplica)
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Puig de s Extremera Zonas de Especial Proteccion para las Aves (Directiva Aves)
(Categoría UICN: No aplica)
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Puig Gros Zonas de Especial Proteccion para las Aves (Directiva Aves)
(Categoría UICN: No aplica)
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Alaro Zonas de Especial Proteccion para las Aves (Directiva Aves)
(Categoría UICN: No aplica)
Presencia de aves del anexo I de la Directiva 79/409/CE. La amenaza principal es el uso recreativo no regulado, a lo que hay que añadir la actividad cinegética intensa y los incendios. (https://www.caib.es/sites/xarxanatura/ca/es0000382_alara_zepa/)
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Puig des Castell Zonas de Especial Proteccion para las Aves (Directiva Aves)
(Categoría UICN: No aplica)
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Barranc de Santa Anna Zonas de Especial Proteccion para las Aves (Directiva Aves)
(Categoría UICN: No aplica)
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Barbatx Zonas de Especial Proteccion para las Aves (Directiva Aves)
(Categoría UICN: No aplica)
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Capell de Ferro Zonas de Especial Proteccion para las Aves (Directiva Aves)
(Categoría UICN: No aplica)
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San Clemente Zonas de Especial Proteccion para las Aves (Directiva Aves)
(Categoría UICN: No aplica)
La zona se ubica en la comarca natural de la Mancha Baja de Cuenca, principalmente en el término municipal de San Clemente, aunque con participación también de los términos municipales de Santa María del Campo Rus, El Cañavate, Vara de Rey, Casas de Fernando Alonso y Casas de los Pinos. Consta de dos subzonas, más amplia la del norte. El relieve es llano o muy suavemente ondulado, con el río Rus como único cauce destacable, si bien de carácter temporal.
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Azud de Badajoz Zonas de Especial Proteccion para las Aves (Directiva Aves)
(Categoría UICN: No aplica)
Se trata del tramo del río Guadiana comprendido entre las desembocaduras de los ríos Gévora (aguas arriba) y Caya (aguas abajo), justo hasta el límite fronterizo con Portugal, siendo la parte este el tramo urbano del río a su paso por la ciudad de Badajoz. Las características ecológicas del curso fluvial están condicionadas por la presencia de un azud o presa que mantiene el nivel del río constante y sin fluctuaciones en uno de los tramos. Así desde la desembocadura del río Gévora, hasta el azud, permanece embalsado (5,78 km de longitud), coincidiendo con el tramo urbano que atraviesa la ciudad de Badajoz. Desde el azud hasta la desembocadura del río Caya (6,7 km de longitud), el Guadiana recupera su aspecto natural, presentando en sus riberas importantes orlas de vegetación de ribera. Las orillas e islas de este espacio, principalmente aguas abajo del azud, acogen una ornitofauna acuática de Importancia Internacional según los criterios de Ramsar, destacando su importante pobación de ardeidas. Durante el periodo reproductor se localiza en este espacio una población reproductora superior a las 2.500 parejas de garcillas bueyeras y garcetas comunes, acompañadas en menor medida por otras especies, como martinete, garza real, garza imperial, garcilla cangrejera, avetorillo, ubicando sus nidos y colonias en la vegetación de las orillas y las distintas islas existentes en este tramo de río, principalmente aguas abajo del azud. Fuera del periodo reproductor también son reseñables los dormideros invernales de garceta común, garcilla bueyera y cormorán grande, así como la presencia, en distintos periodos del año, de las cada vez más abundantes garcetas grandes, moritos, espátulas o calamones. Acompañando a estas, existe una interesante comunidad de paseriformes asociados a medios palustres y a bosques de ribera, tales como oropendola, carricero común o carricero tordal durante el periodo reproductor o pechiazul durante el periodo invernal.
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Colonias de Cernicalo Primilla de Saucedilla Zonas de Especial Proteccion para las Aves (Directiva Aves)
(Categoría UICN: No aplica)
ZEPA situada al noreste de la provincia de Caceres, en la comarca de Campo Arañuelo, en el interior de la población de Saucedilla. En la iglesia parroquial de San Juan Bautista (sigl. XVI) alberga una colonia de 17 parejas reproductoras de cernícalo primilla (Falco naumanni), que aprovechan las oquedades, sobre todo los mechinales más altos, de los muros del gran edificio eclesial como hábitat para nidificar y reproducirse. La colonia está presente de febrero a mediados de julio, fecha en que los primillas inician su migración al continente africano, donde pasan el invierno.
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Charca la Vega del Machal Zonas de Especial Proteccion para las Aves (Directiva Aves)
(Categoría UICN: No aplica)
ZEPA situada en la comarca de Mérida, en el límite entre los municipios de Mérida y Aljucén. Punto de concentración de aves acuáticas, destacando la presencia de cigüeña negra durante el periodo migratorio, y la pequeña población de grullas invernantes asociadas a esta charca y las dehesas de su entorno.
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Embalse de Horno-Tejero Zonas de Especial Proteccion para las Aves (Directiva Aves)
(Categoría UICN: No aplica)
Embalse localizado en la comarca de Mérida, en el límite provincial entre los términos municipales de Cordobilla de Lácara y Cáceres, al norte de la población de Cordobilla de Lácara.Acoge una importante comunidad de ornitofauna, siendo a su vez zona de dispersión y alimentación de grandes rapaces.Por otra parte, es un punto clave de conexión y continuidad para la Red Natura 2000, sirviendo de puente entre la Sierra de San Pedro, el Corredor del Río Lácara y el embalse de los Canchales.
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Si lo desea puede descargar la cartografía completa de los distintos grupos de Espacios protegidos:

O también tiene la opción de descarga, en el mismo formato, de la selección aplicada en los filtros de su izquierda:

El sistema de referencia nativo de los datos es WGS 84 (CRS84) en coordenadas geográficas -  EPSG 4326.

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