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Espacios protegidos

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  • Áreas protegidas por instrumentos internacionales

    De acuerdo con la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, tienen la consideración de áreas protegidas por instrumentos internacionales todos aquellos espacios naturales que sean formalmente designados de conformidad con lo dispuesto en los Convenios y Acuerdos internacionales de los que sea parte España y, en particular, los siguientes:

    • Los Humedales de Importancia Internacional, del Convenio de Ramsar.
    • Los sitios naturales de la Lista del Patrimonio Mundial, de la Convención sobre la Protección del Patrimonio Mundial, Cultural y Natural.
    • Las áreas protegidas del Convenio para la protección del medio ambiente marino del Atlántico del nordeste (OSPAR)
    • Las Zonas Especialmente Protegidas de Importancia para el Mediterráneo (ZEPIM), del Convenio para la protección del medio marino y de la región costera del Mediterráneo.
    • Los Geoparques, declarados por la UNESCO.
    • Las Reservas de la Biosfera, declaradas por la UNESCO.
    • Las Reservas biogenéticas del Consejo de Europa

    El régimen genérico de protección de estas áreas será el establecido en los correspondientes Convenios y Acuerdos internacionales.
    La información oficial de cada una de las áreas protegidas por instrumentos internacionales existentes en España constará en el Inventario Español de Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas protegidas por instrumentos internacionales, pendiente de instrumentación reglamentaria.
    Para saber más…

Nombre Figura de protección Descripción
Isla de El Hierro Geoparques
(Categoría UICN: No aplica)
Los geoparques de la UNESCO son espacios con continuidad geográfica, donde los lugares y paisajes de relevancia geológica internacional se gestionan de acuerdo con un concepto holístico de protección, educación y desarrollo socioeconómico sostenible. Un geoparque por tanto, debe presentar un patrimonio geológico notable y llevar a cabo un proyecto de desarrollo basado en su promoción turística, de manera que debe tener unos objetivos económicos y de desarrollo claros. La declaración de un geoparque se basa en tres principios: existencia de un patrimonio geológico que sirva de protagonista y eje conductor, puesta en marcha de iniciativas de geoconservación y divulgación y favorecer el desarrollo socioeconómico y cultural a escala local. Los geoparques deben tener unos límites claramente definidos y una extensión adecuada para asegurar el desarrollo económico de la zona, pudiendo incluir áreas terrestres, marítimas o subterráneas. (https://www.igme.es/patrimonio/geoparques.htm)
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Lanzarote y Archipiélago de Chinijo Geoparques
(Categoría UICN: No aplica)
Los geoparques de la UNESCO son espacios con continuidad geográfica, donde los lugares y paisajes de relevancia geológica internacional se gestionan de acuerdo con un concepto holístico de protección, educación y desarrollo socioeconómico sostenible. Un geoparque por tanto, debe presentar un patrimonio geológico notable y llevar a cabo un proyecto de desarrollo basado en su promoción turística, de manera que debe tener unos objetivos económicos y de desarrollo claros. La declaración de un geoparque se basa en tres principios: existencia de un patrimonio geológico que sirva de protagonista y eje conductor, puesta en marcha de iniciativas de geoconservación y divulgación y favorecer el desarrollo socioeconómico y cultural a escala local. Los geoparques deben tener unos límites claramente definidos y una extensión adecuada para asegurar el desarrollo económico de la zona, pudiendo incluir áreas terrestres, marítimas o subterráneas. (https://www.igme.es/patrimonio/geoparques.htm)
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Las Loras Geoparques
(Categoría UICN: No aplica)
Los geoparques de la UNESCO son espacios con continuidad geográfica, donde los lugares y paisajes de relevancia geológica internacional se gestionan de acuerdo con un concepto holístico de protección, educación y desarrollo socioeconómico sostenible. Un geoparque por tanto, debe presentar un patrimonio geológico notable y llevar a cabo un proyecto de desarrollo basado en su promoción turística, de manera que debe tener unos objetivos económicos y de desarrollo claros. La declaración de un geoparque se basa en tres principios: existencia de un patrimonio geológico que sirva de protagonista y eje conductor, puesta en marcha de iniciativas de geoconservación y divulgación y favorecer el desarrollo socioeconómico y cultural a escala local. Los geoparques deben tener unos límites claramente definidos y una extensión adecuada para asegurar el desarrollo económico de la zona, pudiendo incluir áreas terrestres, marítimas o subterráneas. (https://www.igme.es/patrimonio/geoparques.htm)
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Origens Geoparques
(Categoría UICN: No aplica)
Los geoparques de la UNESCO son espacios con continuidad geográfica, donde los lugares y paisajes de relevancia geológica internacional se gestionan de acuerdo con un concepto holístico de protección, educación y desarrollo socioeconómico sostenible. Un geoparque por tanto, debe presentar un patrimonio geológico notable y llevar a cabo un proyecto de desarrollo basado en su promoción turística, de manera que debe tener unos objetivos económicos y de desarrollo claros. La declaración de un geoparque se basa en tres principios: existencia de un patrimonio geológico que sirva de protagonista y eje conductor, puesta en marcha de iniciativas de geoconservación y divulgación y favorecer el desarrollo socioeconómico y cultural a escala local. Los geoparques deben tener unos límites claramente definidos y una extensión adecuada para asegurar el desarrollo económico de la zona, pudiendo incluir áreas terrestres, marítimas o subterráneas. (https://www.igme.es/patrimonio/geoparques.htm)
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Montañas do Courel Geoparques
(Categoría UICN: No aplica)
Los geoparques de la UNESCO son espacios con continuidad geográfica, donde los lugares y paisajes de relevancia geológica internacional se gestionan de acuerdo con un concepto holístico de protección, educación y desarrollo socioeconómico sostenible. Un geoparque por tanto, debe presentar un patrimonio geológico notable y llevar a cabo un proyecto de desarrollo basado en su promoción turística, de manera que debe tener unos objetivos económicos y de desarrollo claros. La declaración de un geoparque se basa en tres principios: existencia de un patrimonio geológico que sirva de protagonista y eje conductor, puesta en marcha de iniciativas de geoconservación y divulgación y favorecer el desarrollo socioeconómico y cultural a escala local. Los geoparques deben tener unos límites claramente definidos y una extensión adecuada para asegurar el desarrollo económico de la zona, pudiendo incluir áreas terrestres, marítimas o subterráneas. (https://www.igme.es/patrimonio/geoparques.htm)
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De Granada Geoparques
(Categoría UICN: No aplica)
Los geoparques de la UNESCO son espacios con continuidad geográfica, donde los lugares y paisajes de relevancia geológica internacional se gestionan de acuerdo con un concepto holístico de protección, educación y desarrollo socioeconómico sostenible. Un geoparque por tanto, debe presentar un patrimonio geológico notable y llevar a cabo un proyecto de desarrollo basado en su promoción turística, de manera que debe tener unos objetivos económicos y de desarrollo claros. La declaración de un geoparque se basa en tres principios: existencia de un patrimonio geológico que sirva de protagonista y eje conductor, puesta en marcha de iniciativas de geoconservación y divulgación y favorecer el desarrollo socioeconómico y cultural a escala local. Los geoparques deben tener unos límites claramente definidos y una extensión adecuada para asegurar el desarrollo económico de la zona, pudiendo incluir áreas terrestres, marítimas o subterráneas. (https://www.igme.es/patrimonio/geoparques.htm)
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Cabo Ortegal Geoparques
(Categoría UICN: No aplica)
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Maestrazgo Geoparques
(Categoría UICN: No aplica)
Los geoparques de la UNESCO son espacios con continuidad geográfica, donde los lugares y paisajes de relevancia geológica internacional se gestionan de acuerdo con un concepto holístico de protección, educación y desarrollo socioeconómico sostenible. Un geoparque por tanto, debe presentar un patrimonio geológico notable y llevar a cabo un proyecto de desarrollo basado en su promoción turística, de manera que debe tener unos objetivos económicos y de desarrollo claros. La declaración de un geoparque se basa en tres principios: existencia de un patrimonio geológico que sirva de protagonista y eje conductor, puesta en marcha de iniciativas de geoconservación y divulgación y favorecer el desarrollo socioeconómico y cultural a escala local. Los geoparques deben tener unos límites claramente definidos y una extensión adecuada para asegurar el desarrollo económico de la zona, pudiendo incluir áreas terrestres, marítimas o subterráneas. (https://www.igme.es/patrimonio/geoparques.htm)
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Cabo de Gata-Nijar Geoparques
(Categoría UICN: No aplica)
Los geoparques de la UNESCO son espacios con continuidad geográfica, donde los lugares y paisajes de relevancia geológica internacional se gestionan de acuerdo con un concepto holístico de protección, educación y desarrollo socioeconómico sostenible. Un geoparque por tanto, debe presentar un patrimonio geológico notable y llevar a cabo un proyecto de desarrollo basado en su promoción turística, de manera que debe tener unos objetivos económicos y de desarrollo claros. La declaración de un geoparque se basa en tres principios: existencia de un patrimonio geológico que sirva de protagonista y eje conductor, puesta en marcha de iniciativas de geoconservación y divulgación y favorecer el desarrollo socioeconómico y cultural a escala local. Los geoparques deben tener unos límites claramente definidos y una extensión adecuada para asegurar el desarrollo económico de la zona, pudiendo incluir áreas terrestres, marítimas o subterráneas. (https://www.igme.es/patrimonio/geoparques.htm)
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Sobrarbe-Pirineos Geoparques
(Categoría UICN: No aplica)
Los geoparques de la UNESCO son espacios con continuidad geográfica, donde los lugares y paisajes de relevancia geológica internacional se gestionan de acuerdo con un concepto holístico de protección, educación y desarrollo socioeconómico sostenible. Un geoparque por tanto, debe presentar un patrimonio geológico notable y llevar a cabo un proyecto de desarrollo basado en su promoción turística, de manera que debe tener unos objetivos económicos y de desarrollo claros. La declaración de un geoparque se basa en tres principios: existencia de un patrimonio geológico que sirva de protagonista y eje conductor, puesta en marcha de iniciativas de geoconservación y divulgación y favorecer el desarrollo socioeconómico y cultural a escala local. Los geoparques deben tener unos límites claramente definidos y una extensión adecuada para asegurar el desarrollo económico de la zona, pudiendo incluir áreas terrestres, marítimas o subterráneas. (https://www.igme.es/patrimonio/geoparques.htm)
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Sierras Subbéticas Geoparques
(Categoría UICN: No aplica)
El Geoparque alberga una historia de aprox. 250 millones de años cuando el mar de Tetis bañaba toda esta región. La colisión entre África y Eurasia hace aproximadamente unos 5 millones de años, provocó que parte de los fondos marinos se elevasen, quedando expuestos a los agentes atmosféricos. Hoy el resultado lo constituyen las montañas y valles de la actual Cordillera Bética, de la que el Geoparque ocupa su parte central. La naturaleza caliza de aquellos fondos marinos ha propiciado que en las Sierras Subbéticas se haya desarrollado un espectacular paisaje kárstico por todo el Geoparque, existiendo bajo su superficie un complejo sistema de cavidades y simas inventariadas, entre las que destaca el Monumento Natural de la Cueva de los Murciélagos. (https://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/portal/web/ventanadelvisitante)
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El Cachucho Area Marina Protegida (OSPAR)
(Categoría UICN: No aplica)
El convenio sobre la protección del medio marino del Atlántico Nordeste (OSPAR) suscrito en París el 22 de septiembre de 1992, fue el resultado de refundir dos convenios anteriores: el convenio de Oslo para la prevención de la contaminación marina provocada por vertidos desde buques y aeronaves, y el convenio de París para la prevención de la contaminación marina de origen terrestre. Fue ratificado por España mediante instrumento de 25 de enero de 1994 (BOE de 24 de junio de 1998). El Convenio OSPAR entró en vigor en 1998, por lo que, a partir de esa fecha, su articulado es de obligado cumplimiento para las Partes Contratantes que se reúnen cada año, y cada cinco años tiene lugar una reunión ministerial de las partes. El trabajo del Convenio de OSPAR para el periodo 2010-2020 se rige por su Estrategia. (https://www.miteco.gob.es/es/costas/temas/proteccion-medio-marino/proteccion-internacional-mar/convenios-internacionales/convenio_ospar.aspx).
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Islas Atlanticas de Galicia Area Marina Protegida (OSPAR)
(Categoría UICN: No aplica)
El convenio sobre la protección del medio marino del Atlántico Nordeste (OSPAR) suscrito en París el 22 de septiembre de 1992, fue el resultado de refundir dos convenios anteriores: el convenio de Oslo para la prevención de la contaminación marina provocada por vertidos desde buques y aeronaves, y el convenio de París para la prevención de la contaminación marina de origen terrestre. Fue ratificado por España mediante instrumento de 25 de enero de 1994 (BOE de 24 de junio de 1998). El Convenio OSPAR entró en vigor en 1998, por lo que, a partir de esa fecha, su articulado es de obligado cumplimiento para las Partes Contratantes que se reúnen cada año, y cada cinco años tiene lugar una reunión ministerial de las partes. El trabajo del Convenio de OSPAR para el periodo 2010-2020 se rige por su Estrategia. (https://www.miteco.gob.es/es/costas/temas/proteccion-medio-marino/proteccion-internacional-mar/convenios-internacionales/convenio_ospar.aspx).
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Espacio marino de la Ria de Mundaka-Cabo de Ogoño Area Marina Protegida (OSPAR)
(Categoría UICN: No aplica)
El convenio sobre la protección del medio marino del Atlántico Nordeste (OSPAR) suscrito en París el 22 de septiembre de 1992, fue el resultado de refundir dos convenios anteriores: el convenio de Oslo para la prevención de la contaminación marina provocada por vertidos desde buques y aeronaves, y el convenio de París para la prevención de la contaminación marina de origen terrestre. Fue ratificado por España mediante instrumento de 25 de enero de 1994 (BOE de 24 de junio de 1998). El Convenio OSPAR entró en vigor en 1998, por lo que, a partir de esa fecha, su articulado es de obligado cumplimiento para las Partes Contratantes que se reúnen cada año, y cada cinco años tiene lugar una reunión ministerial de las partes. El trabajo del Convenio de OSPAR para el periodo 2010-2020 se rige por su Estrategia. (https://www.miteco.gob.es/es/costas/temas/proteccion-medio-marino/proteccion-internacional-mar/convenios-internacionales/convenio_ospar.aspx).
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Espacio marino de los Islotes de Portios-Isla Conejera-Isla de Mouro Area Marina Protegida (OSPAR)
(Categoría UICN: No aplica)
El convenio sobre la protección del medio marino del Atlántico Nordeste (OSPAR) suscrito en París el 22 de septiembre de 1992, fue el resultado de refundir dos convenios anteriores: el convenio de Oslo para la prevención de la contaminación marina provocada por vertidos desde buques y aeronaves, y el convenio de París para la prevención de la contaminación marina de origen terrestre. Fue ratificado por España mediante instrumento de 25 de enero de 1994 (BOE de 24 de junio de 1998). El Convenio OSPAR entró en vigor en 1998, por lo que, a partir de esa fecha, su articulado es de obligado cumplimiento para las Partes Contratantes que se reúnen cada año, y cada cinco años tiene lugar una reunión ministerial de las partes. El trabajo del Convenio de OSPAR para el periodo 2010-2020 se rige por su Estrategia. (https://www.miteco.gob.es/es/costas/temas/proteccion-medio-marino/proteccion-internacional-mar/convenios-internacionales/convenio_ospar.aspx).
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